Actualmente invertimos mucho tiempo delante de las pantallas, haciendo uso de servicios como chatear en redes sociales, consumir multimedia o enviar correos electrónicos. Algunos de estos servicios pueden hacerse sin ceder ningún tipo de dato a la empresa que los efectúa. No obstante, cuando queremos hacer uso de ciertas actividades más avanzadas, deberemos registrarnos en la empresa, cediendo nuestros datos y dando paso a una relación de “responsable” e “interesado” en el tratamiento de los datos. Como bien indica el artículo 4 del Reglamento General de Protección de Datos (conceptualización de datos personales) entenderemos como interesado a una “persona física identificada o identificable cuyos datos personales estén siendo tratados”.


El Capítulo III del RGPD recoge los derechos del interesado, derechos que nos permitirán tomar ciertas acciones sobre los datos que están siendo tratados. Nosotros, como interesados, deberemos dirigirnos al responsable o corresponsables, con información sobre quién está al cargo o la persona que representa a estos sujetos, para poder tomar acciones contra ellos cuando consideremos que se han vulnerado nuestros derechos.


¿Qué derechos podemos ejercer?

  1. Derecho de transparencia.
  2. Derecho de acceso.
  3. Derecho de rectificación.
  4. Derecho de supresión.
  5. Derecho de limitación.
  6. Derecho de portabilidad.
  7. Derecho de oposición (derecho al olvido).
  8. Derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas.


Derecho de transparencia.

Como interesados, tenemos derecho a obtener cierta información especificada en el RGPD sobre el tratamiento que se hará de nuestros datos, de modo que resulte clara y transparente sin que la información obtenida dé objeto a confusión. Es decir, tenemos derecho a entender lo que leemos sin tener que conocer un vocabulario específico para cada sector, ni mucho menos un vocabulario jurídico. En cuanto al formato, la información podrá darse tanto por escrito (incluso de manera electrónica), como verbalmente si lo llegamos a solicitar.


Derecho de acceso.

Se trata del derecho a obtener información sobre si se están tratando datos y acceder tanto a nuestros datos personales como a datos relevantes sobre los fines del tratamiento, destinatarios o el plazo de conservación de los mismos, entre otras acciones.


Derecho de rectificación.

Como sujetos pasivos del tratamiento tendremos el derecho a poder modificar nuestros datos en el caso de que estos sean inexactos y limitar (como veremos más abajo) su tratamiento hasta que estos sean realmente exactos.


Derecho de supresión (derecho al olvido).

El afectado obtendrá la supresión de los datos cuando concurran las circunstancias recogidas en el artículo 17 del RGPD:

Los datos son innecesarios para los fines. El afectado ha retirado el consentimiento. Oposición al tratamiento. Trato ilícito. Cumplir una obligación legal. Obtenidos en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información relativo a menores.

Al respecto se puede afirmar que, nosotros como dueños de nuestros datos podremos ejercer el derecho de supresión para que eliminen los datos objeto de tratamiento. Además, debemos hacer mención del derecho al olvido, que nos otorga el derecho a que los datos que se hayan hecho públicos puedan ser “eliminados” (supresión de cualquier enlace a esos datos o cualquier copia o réplica de los mismos).


Derecho de limitación.

Se trata del derecho a la obtención de la limitación de los datos cuando se cumplan ciertas circunstancias recogidas en el artículo 18 del RGPD:

  • El afectado impugna la exactitud de los datos.
  • Trato ilícito y oposición del interesado a la supresión de los datos.
  • Ejercicio o defensa de reclamaciones.
  • Evaluación sobre motivos legítimos del responsable ante una oposición de un interesado.

Cuando se den estas circunstancias tendremos el derecho a que se pueda hacer uso de nuestros datos sólo en estos supuestos: podrán ser objeto de tratamiento con nuestro consentimiento o para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones, la protección de los derechos de otra persona o por razones de inte?es público para la Unión Europea o de Estados miembros.


Derecho de portabilidad.

El afectado tiene derecho a obtener los datos que le incumban y a transmitirlos de responsable a responsable, de una forma estructurada y de uso común, cuando:

  1. El tratamiento se base en el consentimiento.
  2. Y se haga por medios automatizados.

Derecho de oposición.

Este derecho permite la oposición al tratamiento de datos por nuestra situación particular, excepto si el responsable acredita motivos legítimos imperiosos o el tratamiento es necesario para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. También, podemos oponernos si el tratamiento tiene por objeto la mercadotecnia directa.


Derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.

Cuando el tratamiento esté basado únicamente en la automatización, como interesados podemos oponernos a este. A excepción de que:

  1. El tratamiento sea necesario para la ejecución de un contrato entre interesado y responsable.
  2. Esté autorizado por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros.
  3. Exista consentimiento explícito del interesado.